En lo general como en lo particular, los diputados que conforman el Congreso de Puebla, avalaron en el Pleno, la llamada «Ley Chaleco», reforma que regulará la circulación de motocicletas en la entidad y con ello, combatir la incidencia delictiva.
El dictamen fue aprobado con 32 votos a favor, 7 en contra, y el cual posteriormente será publicado en el Diario Oficial del Estado de Puebla para que entre en vigor la regulación de las motocicletas en favor de la seguridad vial.
Tras ser aprobada la nueva normativa a la Ley de Movilidad y Seguridad Vial, la Secretaría de Planeación tendrá un plazo de 180 días para implementar el distintivo en el casco en los motociclistas y modificar el formato de la tarjeta de circulación, dando así un margen de tiempo para que sean acatadas las reglas por los usuarios.
Entre las nuevas disposiciones, la «Ley Casco» contempla:
- Límite de pasajeros: Solo podrá tripular la motocicleta la persona conductora, prohibiendo que viajen menores de 12 años como acompañantes. Los repartidores no podrán llevar pasajeros.
- Adaptación de vehículos: Los motociclistas de mensajería y paquetería deberán adaptar sus contenedores de reparto para no obstruir la visibilidad de la placa y los espejos laterales.
- Encendido de luces: Las motocicletas deberán mantener las luces encendidas en todo momento.
- Prohibición de placas alteradas u ocultas: Se prohíbe circular con placas alteradas u ocultas.
- Tarjeta de circulación: Deberá incluir la capacidad máxima de pasajeros permitidos.
- Regulación de vehículos eléctricos: Se limitará la circulación de bicicletas eléctricas y monopatines que superen los 25 km/h, prohibiéndoles circular por vialidades primarias si no cuentan con un carril confinado.
- Permisos provisionales: Se cancelarán los permisos provisionales; solo se permitirá trasladar la motocicleta del punto de venta al domicilio con un permiso de la Secretaría de Movilidad y Transporte.